Establecimientos no podrán pedirte tu ticket al salir
¿Es legal que te revisen el ticket al salir de un establecimiento? La respuesta es NO. Los establecimientos no podrán revisar tu ticket al salir.
El director de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en Baja California Sur, Walter Alejandro Montaño Chávez, aseguró a principios de febrero que es un delito revisar el ticket de compra al salir de un supermercado.
“Sí, todos sabemos de algunos, son 13 establecimientos a los que hemos llegado. Vamos a seguir en donde veamos que están incurriendo en el delito de revisión de mercancía”, dijo.
Así mismo, advirtió que las multas para los supermercados que revisen los tickets de sus clientes oscilarán entre los 250 mil a 9 mdp.
“Nadie puede presumir que vas a salir con algo robado nada más porque sí, está afectando la integridad de la persona y los derechos inalienables, pero si ellos lo hacen porque han tenido robos lo tienen que resolver directamente con las cámaras que tienen (…)”, explicó.
La Profeco advierte que revisar tickets de los clientes es una medida ilegal.
Según los artículos 9 y 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los proveedores de bienes o servicios tienen prohibido atentar contra la libertad de los consumidores, bajo el pretexto de registro.
Artículo 10 integro de la LFPC: “Queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación.
En el caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente. La infracción de esta disposición se sancionará de acuerdo con lo previsto en esta ley, independientemente de la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado.”
También se deberá hacer la reparación del daño moral.
La Profeco podría aplicar multas que van desde 834.15 y hasta 3,262,498.76 pesos, en términos de la LFPC a quienes continúen con esta practica, además de pagar por la reparación del daño moral al afectado.
Los establecimientos en los que se pide membresía, tales como SAMS Club estarían excluidos.
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