50 años Sedena administrará el aeropuerto de Santa Lucía
Con la posibilidad de extender el período, obtiene formalmente la concesión, por 50 años Sedena administrará el aeropuerto de Santa Lucía.
De acuerdo al Título de Concesión publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT); se otorga una participación accionaria de 99% a la Sedena y el 1% restante al Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (Banjercito).
La concesionaria que es el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, S.A. de C.V., empresa de participación estatal mayoritaria de nacionalidad mexicana; tiene como director general y representante legal reconocido al general de brigada del Estado Mayor, René Trujillo Miranda.
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Sedena administrará el aeropuerto de Santa Lucía
Según el documento, el AIFA puede iniciar operaciones una vez que la SCT le otorgue la aprobación de los siguientes documentos:
- Aviso de terminación de la obra.
- Programa Maestro de Desarrollo que, entre otros aspectos, debe incluir el programa indicativo de inversiones.
- Reglas de operación contenidas en el manual general de operación del aeródromo.
- Póliza de seguro y Registro de las tarifas de los servicios que prestarán.
- Documento por el que se constituya el comité de operación y horarios.
- Aprobación de su reglamento interno.
- Documento por el que se constituya el comité local de seguridad.
- Notificación a la SCT de los miembros del consejo de administración y del administrador aeroportuario.
Por otra parte, la concesionaria debe cumplir con los estándares de seguridad, eficiencia y calidad que se especifican en el Programa Maestro de Desarrollo.
Asimismo deben actualizar cada cinco años, además de pagar al gobierno federal las contraprestaciones que fija la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios; de la Subsecretaría de Ingresos, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Los servicios comerciales en el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles pueden ser prestados directamente por la concesionaria o por terceros; esto, mediante el arrendamiento de áreas para comercios, restaurantes, arrendamiento de vehículos, publicidad, correo, casas de cambio, bancos y hoteles. También el documento anexa:
“La concesionaria presentará a la SCT para su autorización, los contratos que, en su caso, celebre con terceros para la prestación de los servicios aeroportuarios y complementarios; esto, en un plazo máximo de 15 días naturales contados a partir de la fecha de su formalización”.
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