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CAPUFE continúa con el proceso de amparo contra la gobernadora de Campeche

CAPUFE continúa con el proceso de amparo contra la gobernadora de Campeche

CAPUFE continúa con el proceso de amparo contra la gobernadora de Campeche

Por: Fernando Kantún

Caminos y Puentes Federales (CAPUFE) arremetió de nuevo por medio Emmanuel Enrique Hernández Arenas, apoderado legal que interpuso ante el Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito un recurso de queja 878/2022 contra las decisiones de los jueces Édgar Martín Gasca de la Peña y José Elías Pacheco Martínez por inconsistencias en el proceso, y con ello demuestra que CAPUFE continua inconforme por la orden verbal girada públicamente el pasado 15 de octubre para el paso libre de los vehículos ligeros en el Puente Zacatal por gobernadora del Estado de Campeche, Layda Elena Sansores San Román.

Hay que señalar que en la última visita que realizó  Sansores San Román a la Isla de Carmen el pasado 26 de octubre, presumió que el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO) desconocía sobre el libre tránsito que ella impuso el 15 de octubre para el Puente Zacatal, y que de los hechos se enteró el mandatario mexicano al día siguiente al realizar una gira de trabajo por el Sureste para supervisar el avance del Tren Maya, cuando le hizo llegar una ficha que decía “ASUNTO: Abrí un libramiento en el Carmen”.

Aunque la mandataria campechana asegura que ya dialogo con el presidente Andrés Manuel López Obrador para que se confirme la exención del peaje, la realidad es que la dependencia federal continúa inconforme. El pasado 20 de octubre CAPUFE presentó un amparo indirecto con el numeral 1184/2022, en contra la gobernadora Layda Elena Sansores San Román, y otros funcionarios por una orden verbal girada públicamente para el paso libre de vehículos ligeros locales en la Caseta de cobro Puente Zacatal con plaza en el municipio de Carmen, el 15 de octubre.

Con la orden verbal de la gobernadora, sólo vehículos ligeros con placas de circulación del Estado de Campeche tienen libre tránsito en un solo acotamiento (del costado izquierdo si el conductor transita de Carmen-Atasta o lado derecho si circula de Atasta a Ciudad del Carmen), mientras que en los centrales pasan las unidades foráneas que pagar el monto autorizado de peaje.

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Cabe destacar que el amparo indirecto fue presentado en el Juzgado Segundo de Distrito, sin embargo, el magistrado se declaró incompetente porque el domicilio de la parte quejosa se encuentra fuera de la jurisdicción, y cedió el amparo a su homologo el Juzgado Tercero de Distrito asentado en Ciudad del Carmen para continuar el proceso, quien se declaró incompetente el pasado 28 de octubre y desecho el procedimiento.

rita

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