Tristeza, desagrado y situación de libertad es lo que se vive en la Sección 47 del STPRM de Ciudad del Carmen
Tristeza, desagrado y situaciones de libertad, es lo que se percibe en la Sección 47 por la detención del secretario general de la sección sindical, Víctor Matías Hernández Colunga y su tesorero Jorge Alberto Macías Flores, por la presunción de fraude contra la sección 47 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM); así como el cese de la comisión sindical a Víctor Kidnie de la Cruz, dijo el trabajador petrolero activo de la Sección 47, Carlos Joaquín Montejo Vivas.
Manifestó que sobre la situación de Hernández Colunga, le han preguntado varios de sus compañeros petroleros qué sabe al respecto, y lo que sabe es, lo que se maneja en los medios de comunicación, sin embargo, él no está a favor ni en contra de los dos, porque al final los trabajadores están a favor de la Sección 47.
Expresó que es lamentable los que están pasando, no existe necesidad a todo lo que sucede en la sección sindical si los representantes cumplieran; en el caso de la demanda entablada al juzgado laboral contra los dirigentes de la Sección 47 del STPRM, va a esperar las acciones que tome el sindicato, pero continuará con proceso porque la situación que pide se encuentra apegada a los derechos de los trabajadores.
Continúa proceso en contra de Hernández Colunga para rendición de cuentas
“En la audiencia pasada en el tribunal labora federal, no se presentó el secretario general Víctor Matías Hernández Colunga, o en su momento el representante legal de la Sección, de tal modo, no se pudo contener el desahogo que nos justifique, aclare, rinda o transparente el por qué hacen los descuentos excesivos del Seguro de Vida. Lo hicimos de esa manera porque queremos dialogar, hacer las cosas de manera justa para que nos aclare directamente esos descuentos, pero no hubo acercamiento con Hernández Colunga”, añadió.
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Explicó que van a vigilar lo que conlleve el proceso, al final lo que se aplica es por estatutos, porque sólo se solicitó lo que les corresponde a los trabajadores y trabajadoras (socios de la Sección 47); que se aplique lo que indica y marca los estatutos, así como, el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) y la Ley F